Estancias Formativas en Empresas

La Orden de 18 de septiembre de 2015 de la Consejería de Educación y Universidades regula la realización de estancias de formación en empresas o entidades públicas de la Región de Murcia para el profesorado de Formación Profesional, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño.

¿Cuál es la finalidad?

Las finalidades que se persiguen con la realización de estancias de formación en empresas o entidades públicas por el profesorado no universitario son:

  1. Fomentar la cooperación entre los centros educativos y su entorno productivo, facilitando la relación del profesorado de Formación Profesional, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño con su ámbito socioeconómico.
  2. Facilitar la actualización científico-técnica del profesorado a través del conocimiento de los procedimientos de trabajo, la instrumentación y los nuevos métodos de organización de los procesos productivos.
  3. Posibilitar la actualización en determinados aspectos tecnológicos, científicos, organizativos, procedimentales o metodológicos cuya especificidad hace difícil el acceso a los mismos por otros medios de formación.
  4. Conocer nuevas posibilidades para la oferta del Módulo de Formación en Centros de Trabajo, con el fin de facilitar su programación en empresas de la Región de Murcia.
  5. Profundizar en las posibilidades de inserción laboral del alumnado al adquirir experiencias del ámbito productivo.
  6. Motivar al profesorado y empresas al relacionarse dos sistemas con esquemas de trabajo/aprendizaje diferentes que, de una u otra manera, han de converger en la responsabilidad de cualificación de los recursos humanos para el crecimiento y mejora del empleo.
  7. Comprobar la viabilidad de establecer convenios de formación profesional dual entre el centro educativo y la empresa, organización o institución.
  8. Contrastar el uso de las tecnologías utilizadas en los centros docentes con las del mundo laboral.

¿Dónde se pueden realizar?

Se podrán realizar estancias formativas en aquellas empresas y entidades públicas que tengan acuerdo y convenio vigente con la Consejería competente en materia de educación.

¿Cuándo y qué duración pueden tener?

La duración de la estancia formativa oscilará entre un mínimo de 10 horas y un máximo adecuado a las características del proyecto de estancia presentado.

El periodo de realización de la estancia formativa no podrá ser coincidente con el horario lectivo ni con las actividades programadas por el centro que sean de obligado cumplimiento.

Solicitud

Se presentará una solicitud de participación por cada estancia formativa en una empresa o entidad pública de la Región de Murcia.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio del curso escolar correspondiente, debiéndose realizar con un plazo de antelación no inferior a quince días hábiles al inicio de la estancia formativa.

Las solicitudes se presentarán a través de Sede Electrónica CARM, mediante el procedimiento 297.

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